Así, el Informe del Consejo de Estado se muestra contrario a la definición de «usuarios de la vía» que realiza la DGT, y que puede abarcar a conductores de vehículos y peatones, obligando a estos a realizar pruebas de alcohol y drogas cuando se hallen implicados en un accidente o cometan una infracción.
A su juicio, esta conclusión es "insostenible", pues los derechos de libertad y seguridad a circular libremente por el territorio nacional y a la intimidad personal de la Constitución, se verían dañado «por el simple hecho de que pasear por las vías se sometiera a estas restricciones».
En este sentido, alega que, de llevarse a cabo la norma pretendida «los españoles habrían de abstenerse de participar en fiestas populares o de asistir a bodas y celebraciones en las que se consume habitualmente alcohol, ya que podrían verse sometidos a un control de alcoholemia si, en las inmediaciones, un vehículo sufre un accidente».
Del mismo modo, se refiere a las personas que toman habitualmente medicinas que contengan codeínas, benzodiacepinas, opiáceos o semenjantes, que darían positivo en el test de drogas y que, según el Consejo de Estado, sólo "podrían aventurarse a salir de casa con las correspondientes recetas médicas".
Este concepto de usuario de vía, también influye a la hora de imponer unos límites de velocidad. Así, la norma propuesta por la DGT pretende introducir un límite de velocidad máxima a los peatones mediante el texto: «Los vehículos en los que su conductor circule a pie no sobrepasarán la velocidad del paso humano» lo que, para el Consejo de Estado supondría "la prohibición de correr, un deporte extendido en estos tiempos".
Además, apunta en el informe que "quien circula a pie es peatón, de manera que mal puede ser un conductor, pero en todo caso quien circula a pie siempre se mueve a velocidad de su propio paso".
Bicicletas y ciclomotores
En cuanto a la normativa hacia los ciclistas, el Consejo de Estado, la denomina como "notablemente imprecisa", con situaciones que considera "absurdas", como, por ejemplo, fijar límites de velocidad para estos vehículos, cuando no poseen medidores.
Además, apunta que la autorización para transportar niños menores de cinco años por cualquier ciclista «contradice las regulaciones sobre medidas de seguridad vial de los menores» y que este reglamento "altera el modelo urbano en España, en el que la acerca y la zona peatonal no son un carril de circulación, sino un espacio de convivencia de los ciudadanos".
"Colapso" en las ciudades ante la reducción de la velocidad
Los cambios de límites de velocidad en las diferentes vías es otro de los temas más aludidos por el Consejo de Estado. El organismo señala que la DGT no ha calculado los gastos de nueva señalización y que no ha documentado algunas de las cifras que presenta y que relacionan la velocidad con la siniestralidad en ciertas vías.
Asimismo, le recrimina que ante las diferentes alegaciones de administraciones, empresas, asociaciones y organizaciones "no se ha dado respuesta alguna".
En cuanto a la reducción de velocidad en zonas urbanas, el Consejo de Estado se muestra contrario a su aprobación porque "invade las competencias de las Entidades Locales" y apunta que, de llevarse a cabo esta norma, será «objeto de una inmediata impugnación por parte de los ayuntamientos". Además, éstos han mostrado su oposición a la misma, al considerar que podría "colapsar" la circulación de las ciudades.
Entre las principales razones por las que el organismo no aconseja a la DGT modificar los cambios de velocidad es «porque la ciudadanía no los ha demandado», así como que el paso de 100km/h a 90km/h en carreteras convencionales y de 90km/h a, en muchos casos, 50km/h en la red secundaria "ralentizará necesariamente todos los desplazamientos en España".
Aumento a 130 km/h
Del mismo modo, pone en duda la ejecución de los aumentos de velocidad en autopista a 130km/h, en circunstancias especiales, y que, según el texto, se señalizará en los paneles con mensaje variable. El Consejo de Estado cuestiona "las posibilidades que tienen los conductores para probar que cuando circulaban a 130km/h en autopista lo hacían en cumplimiento de la norma fijada en un panel".
El Ministerio de Fomento ha expresado su opinión sobre esta medida que, a su jucio, "supone una disminución de la conciencia del riesgo por parte de los conductores", según recoge el informe del Consejo de Estado.
Finalmente, se pone en duda la decisión tomada por el departamento que dirige María Seguí, en relación a la obligación de los conductores de ciclomotor de llevar un casco homologado. El Consejo de Estado no duda que la inversión de estos conductores en los cascos sea beneficioso a cambio de la seguridad que reciben, pero critica que en el texto se contabilicen los gastos señalando que este equipamiento cuesta 20 euros, cuando su precio oscila entre los 70 y los 900 euros.
Fuente: El Economista
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